A lo largo y ancho de Sindh, una provincia en Pakistán, miles de personas trabajadoras en domicilio lograron una victoria histórica en mayo de 2018 con la entrada en vigor de la Ley de Personas Trabajadoras en Domicilio de Sindh: la primera ley en el Sur de Asia específicamente para las personas trabajadoras en domicilio.


La Ley se dio como resultado de más de dos décadas de organización y trabajo de incidencia, y le otorga a aproximadamente 5 millones de personas trabajadoras en domicilio en Sindh el derecho a sindicalizarse, negociar colectivamente y acceder a protección social y mecanismos de resolución de disputas. 

¿Cómo lo lograron? 

Las personas trabajadoras en domicilio en Pakistán trabajan en diferentes industrias, produciendo vestimenta, alfombras, mochilas, inciensos, pelotas de fútbol, bordados, pulseras, joyas, zapatos y alimentos. El trabajo se realiza para cadenas de suministro locales y globales. Estas personas trabajadoras en domicilio son empleadas de fábricas o talleres a través de contratistas o intermediarios y trabajan a destajo. Operan desde sus hogares o en sitios cercanos a sus hogares. 

A las personas trabajadoras en domicilio se las trata como contratistas independientes o microempresas, a pesar de que, en realidad, son personas en empleo encubierto. No tienen contratos de empleo, salarios mínimos establecidos, acceso a prestaciones de seguridad social como pensiones, cobertura de salud o beneficios por maternidad, ni acceso a mecanismos de resolución de disputas. Ellas mismas deben afrontar los costos de producción como el costo del espacio de trabajo, el equipamiento, los materiales, la electricidad y el transporte.

No se conoce con precisión el número de personas trabajadoras en domicilio. Las cifras oficiales de 2017–2018 apuntaban a 2,47 millones de personas trabajadoras en domicilio en empleos no agrícolas, pero esta cifra no incluye a todas las personas trabajadoras en domicilio. Las estimaciones informales sugieren un número mayor, aproximadamente 20 millones.


Casa por casa

En 2011, al darse cuenta de que no se aprobarían leyes para proteger los derechos de las personas trabajadoras en domicilio si permanecían invisibilizadas, activistas y sindicalistas en Pakistán comenzaron a ponerse en contacto con las personas trabajadoras en domicilio yendo casa por casa y pidiéndoles que les contaran sobre otras personas trabajadoras en domicilio. 

Las personas activistas y sindicalistas decidieron establecer cooperativas en las cuales las personas trabajadoras en domicilio pudieran discutir abiertamente sus problemas, trabajar juntas, desarrollar sus habilidades y abogar por sus derechos. Las personas trabajadoras tenían muchas inquietudes más allá de un salario mínimo, de la protección social y de su reconocimiento legal como trabajadoras. También discutieron asuntos del día a día, como el transporte, la electricidad, la seguridad de la vivienda y la violencia contra las mujeres. Estas personas trabajadoras en domicilio también comenzaron a acercarse a funcionarias del Departamento de Trabajo, del Instituto de Seguridad Social, y de la Junta de Bienestar de los Trabajadores para debatir sobre el pago de salarios y la seguridad social.

Una vez que las personas trabajadoras ganaron fuerza organizativa a través de estas cooperativas, se comunicaron y consultaron con organizaciones aliadas para decidir cuáles serían los pasos a seguir para fortalecer su posición legal. En este punto, durante discusiones con la Federación Nacional de Sindicatos (NTUF), se afianzó la idea de crear un sindicato. Con base en el derecho constitucional otorgado por el artículo 17, que permite a cualquier persona formar un sindicato o asociación, solicitaron convertirse en un sindicato. Se crearon tres sindicatos distintos en 2009, dos en Quetta y uno en Hyderabad. 

El mismo año, la Federación de Mujeres Trabajadoras en Domicilio (HBWWF) se registró como una federación, una red transversal de sindicatos, con 1000 miembros. Actualmente, la HBWWF cuenta con más de 4000 miembros.


Reconocimiento legal

Apoyándose en los años de organización que llevaron adelante las personas trabajadoras en domicilio dentro de la federación, la HBWWF comenzó a abogar por legislación provincial en Sindh en 2010, debido a que la provincia tiene un movimiento sindical muy activo y un clima político favorable, con partidos que incluyen representantes de la clase trabajadora. 

El resultado de ese trabajo de incidencia, la Ley de Personas Trabajadoras en Domicilio de Sindh, en 2018, fue un logro significativo: le brindó a las personas contratistas dependientes en domicilio reconocimiento legal como “personas empleadas” y generó gran repercusión ya que se aplica a todos los sectores y puede alcanzar a muchas personas trabajadoras en domicilio. La Ley le otorga a aproximadamente 5 millones de personas trabajadoras en domicilio en Sindh el derecho a sindicalizarse, negociar colectivamente y acceder a protección social y mecanismos de resolución de disputas.


En busca de la implementación

Aunque la promulgación de la ley merece celebrarse, la lucha por la efectivización de los derechos de las personas trabajadoras continúa. 

Uno de los primeros pasos en la implementación de la Ley es identificar y registrar a las personas trabajadoras. Solo después de ello, podrán acceder a la protección social. La primera persona trabajadora en domicilio se registró en diciembre de 2020, dos años después de que se hubiera aprobado la legislación. El retraso en el registro significó que las personas trabajadoras en domicilio no pudieran acceder a las transferencias de efectivo de emergencia que el gobierno brindó durante la pandemia de COVID-19 y las sucesivas restricciones. 

La inclusión de la protección social es significativa, aunque su implementación queda pendiente ya que las leyes laborales requieren enmiendas para reflejar este cambio.

Además, la creación de un Consejo para las Personas Trabajadoras en Domicilio, responsable de monitorear
y supervisar la identificación, el mapeo y el registro de las personas trabajadoras en domicilio y de las personas empleadoras, así como de un Comité de Arbitraje son dos aspectos que todavía esperan su implementación.

Queda más trabajo por hacer, pero los pasos dados por la HBWWF hasta ahora son cruciales para avanzar en el trabajo de incidencia para ratificar y efectivizar los derechos prescritos para las personas trabajadoras en domicilio por el Convenio sobre el trabajo a domicilio de la OIT (C177).


Esta entrada de blog es un resumen de la Nota informativa sobre organización n.º 13 de WIEGO, publicada en diciembre de 2022, escrita por Zehra Khan, Secretaria General de la HBWWF, y Krithika A. Dinesh, abogada india e investigadora en el Programa de Derecho de WIEGO.


Foto de arriba: Trabajadorxs a domicilio, Lahore, Pakistán, 2014. Crédito: WIEGO