El 10 de diciembre es el Día Internacional de los Derechos Humanos, en conmemoración de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada en 1948. Este documento histórico establece derechos laborales “indispensables” para la dignidad humana. Entre ellos, se encuentra el derecho al trabajo, a formar y unirse a sindicatos, a condiciones de trabajo decentes y a la protección social. Más importante aún es que estos derechos son para todxs, sin ninguna distinción.
Los aniversarios son un buen momento para detenerse y reflexionar. En este caso, tal vez podríamos preguntarnos por qué, más de tres cuartos de siglo después, estos derechos siguen fuera del alcance de aproximadamente 2 mil millones de trabajadorxs en empleo informal alrededor del mundo. Una de las principales razones es que el marco jurídico de los derechos laborales, la ley del trabajo hace una distinción entre lxs trabajadorxs que están en una relación laboral formal y lxs que no. Esto significa que lxs trabajadorxs en empleo informal están completamente excluidxs de las leyes del trabajo o las leyes están diseñadas de tal manera que limitan las protecciones y derechos a los que pueden acceder.
WIEGO ha realizado un trabajo crítico para lograr expandir el alcance de la práctica y estudio de la ley del trabajo más allá de este binarismo. Los estándares internacionales de derechos humanos, desarrollados a partir de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, pueden tener un rol aún más importante a la hora de impulsar nuestra meta. Pensar desde una perspectiva de derechos humanos nos ayuda, de muchas maneras, a ver y abordar los desafíos particulares que enfrentan lxs trabajadorxs en empleo informal.
Destacar las acciones del Gobierno
Una perspectiva de derechos humanos nos hace poner el foco en la manera en que las acciones del Estado afectan los derechos de lxs trabajadorxs. A veces, estas acciones directamente violan los derechos humanos que los Gobiernos se comprometieron a proteger, respetar y hacer cumplir. Señalar esta inconsistencia es una manera de fortalecer los argumentos a favor de reformas a las leyes del trabajo. Las leyes de libertad de asociación, por ejemplo, pueden crear límites de representatividad onerosos o exigir requisitos administrativos para crear sindicatos que resulten imposibles de cumplir para las organizaciones de trabajadorxs en empleo informal. Además, lxs trabajadorxs pueden estar directa o indirectamente excluidos de los criterios de elegibilidad establecidos en las leyes de protección social.
Las obligaciones de los Gobiernos con los derechos humanos se extienden a todos los niveles. Esto significa que las autoridades locales son garantes clave de derechos, responsables por los derechos de lxs trabajadorxs en empleo informal. Recordar y destacar esto puede ayudar a lxs trabajadorxs en empleo informal a luchar contra un sinfín de regulaciones, estatutos y ordenanzas locales que criminalizan, restringen o regulan sus actividades de una manera arbitraria, discriminadora o corrupta.
Tener una nueva mirada sobre la seguridad en el trabajo
Una perspectiva de derechos humanos también nos muestra los desafíos únicos que lxs trabajadorxs en empleo informal enfrentan por el lugar y la manera en que trabajan. Mientras el cambio climático presenta temperaturas extremas con mayor frecuencia e intensidad, lxs trabajadorxs en empleo informal se ven amenzadxs por las pérdidas y daños producto del calor extremo, las inundaciones y los incendios. Argumentar que la planificación hacia una transición justa debe incluir infraestructura resistente al clima para que estos lugares de trabajo sean seguros puede respaldarse citando los derechos socioeconómicos consagrados en las leyes internacionales y en las constituciones nacionales. Estos derechos garantizan viviendas adecuadas, agua potable y saneamiento y un entorno saludable para todxs.
Cabe destacar que la ley internacional sobre derechos humanos explicita que los Gobiernos deben invertir recursos para garantizar estos derechos. Esto lleva a preguntarse por el financiamiento. Las obligaciones que los Gobiernos tienen con los derechos humanos respecto a cómo reúnen fondos, los asignan y los ejecutan pueden ser aprovechadas por las ciudades que buscan maneras de sortear la brecha financiera para enfrentar la crisis climática.
Considerar un panorama mundial
Una perspectiva de derechos humanos amplía nuestro campo de acción a la economía mundial. Las obligaciones de los Gobiernos sobre derechos humanos se extienden más allá de sus fronteras. Su deber de regular al sector privado también implica evitar que las corporaciones dentro de sus jurisdicciones violen los derechos de personas en el extranjero. Por su parte, la ley del trabajo aplica solo al país donde se desarrolla el trabajo.
Esto es de particular importancia para lxs trabajadorxs que forman parte de complejas cadenas de valor globales, que pueden incluir a trabajadorxs contratistas dependientes en domicilio, vendedorxs ambulantes y recicladorxs. Sus condiciones de trabajo están determinadas por los modelos de negocio de corporaciones trasnacionales, que se benefician de su trabajo (a menudo por fuera de una relación laboral). Por lo tanto, es fundamental que se escuche a lxs trabajadorxs en empleo informal durante los debates sobre el cambiante alcance de las obligaciones corporativas de acuerdo a las leyes internacionales de derechos humanos.
Mantener el foco en la organización de derechos
Esto no significa que los derechos humanos deban reemplazar a las leyes del trabajo como el marco jurídico que establece los derechos en el trabajo. Por el contrario, los derechos humanos deben ser una herramienta en nuestra lucha para extender las protecciones laborales a lxs trabajadorxs en empleo informal. Las leyes del trabajo ofrecen una mejor protección procedimental para que lxs trabajadorxs reclamen (y negocien) sus derechos. Por ejemplo, la libertad de asociación es un derecho laboral fundamental que les permite a lxs trabajadorxs generar poder asociativo y negociar colectivamente mejores condiciones de trabajo y protección social. Por su parte, los derechos humanos incluyen principios como la participación pública y el compromiso cívico. Aunque son sumamente importantes, son mucho más amplios.
Cuando no pueden sindicalizarse, lxs trabajadorxs en empleo informal se organizan en asociaciones o cooperativas. Pero esto tiene sus limitaciones, ya que están sujetos a regulaciones que restringen el espacio cívico, incluso limitando la forma que pueden tener las organizaciones civiles, cómo se establecen, sus estructuras de gobierno y las actividades permitidas.
Con pocas excepciones, qué tipos de leyes del trabajo son apropiadas, accesibles e inclusivas para lxs trabajadorxs en empleo informal es una pregunta sobre la que no ha reflexionado lo suficiente la comunidad de derechos humanos. Afortunadamente, esto está cambiando. WIEGO trabaja y brinda apoyo en procesos de creación de estándares prometedores en los sistemas de derechos humanos de África y América Latina. Estos procesos apuntan a identificar concretamente los pasos que los Gobiernos deben seguir para que las promesas de la Declaración Universal de los Derechos Humanos sean una realidad para todxs lxs trabajadorxs.