Derecho y la economía informal - Octubre 2018

Boletín informativo del Programa de Derecho

Suscríbete a los boletines de WIEGO


WIEGO_Newsletter_Cover

¡Traer a casa las victorias internacionales y hacerlas realidad!

"Durante los últimos cinco años hemos trabajado arduamente para influir en los acuerdos y procesos internacionales: los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la Nueva Agenda Urbana (NUA), la Recomendación de la OIT sobre la formalización de la economía informal (R204) y el Panel de Alto Nivel de la Secretaría General de la ONU para el Empoderamiento económico de las mujeres. Invertimos mucha energía para abrir espacios para que las voces de los trabajadores y trabajadoras  en empleo informal fueran escuchadas en estos procesos, y para que el lenguaje de estos acuerdos fuera el correcto. Obtuvimos buenos resultados y ahora debemos aprovecharlos para que beneficien directamente a los trabajadores.

Esta es una parte clave del plan para los próximos cinco años. Sabemos que proporcionar formas para que nuestros miembros institucionales pudieran realizar labor de incidencia como parte de una red internacional marcó una gran diferencia en los resultados de la R204 y la NUA, y que el lenguaje específico que propugnamos está marcando una diferencia ahora. Pero debemos capitalizar la quotation 2oportunidad que estos acuerdos presentan a nivel local."

~Sally Roever, coordinadora internacional de WIEGO (del Blog de WIEGO, 19 de marzo de 2018)

En esta edición del boletín informativo, destacamos el trabajo del Programa de Derecho de WIEGO, en colaboración con el Programa de Organización y Representación (POR), para apoyar a las organizaciones con base de miembros (OBM) en su lucha por convertir las “victorias” en el ámbito internacional en derechos que puedan defender en sus respectivos países.


Victoria #1: Trabajadoras y trabajadores a domicilio tercerizados

En junio de 1995, la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) comenzó un debate de dos años de duración sobre un convenio para proteger a los trabajadores a domicilio tercerizados ‒mujeres y hombres que trabajan en sus casas o cerca de estas produciendo bienes para el hogar y las cadenas mundiales de suministro–. La Asociación de Mujeres Autoempleadas de India (SEWA), con el apoyo de la Unión Internacional de los Trabajadores de la Alimentación, Agricultura, Hoteles, Restaurantes, Tabaco y Afines (UITA), lideraron la campaña en favor de un convenio.

Ela Bhatt de SEWA pidió a la Dra. Marty Chen de la Universidad de Harvard recopilar estadísticas sobre el trabajo a domicilio tercerizado para señalar su importancia y preparar un caso para la adopción de un convenio. Marty junto con otra compañera publicaron sus resultados en un histórico reporte estadístico sobre el trabajo a domicilio tercerizado en el mundo. Este resultó de gran ayuda para convencer a los gobiernos de votar a favor del Convenio sobre el Trabajo a Domicilio (C177) el siguiente año.

Esta victoria constituyó un catalizador para el establecimiento de WIEGO en 1977, con Marty como coordinadora internacional desde su inicio. Desde entonces, WIEGO ha apoyado a las organizaciones de trabajadores en empleo informal a hacer campañas por su inclusión en las normativas internacionales. WIEGO ha facilitado la efectiva participación de OBM en las CIT a través de la convocatoria de reuniones regionales de organizaciones de trabajadores en empleo informal para desarrollar plataformas de demandas. Estas plataformas han formado las bases para incidir en reuniones internacionales. Hemos construido alianzas con la Confederación Sindical Internacional (CSI) y con la UITA. Y durante las conferencias internacionales de formulación de normas, hemos facilitado apoyo técnico, económico y logístico a delegaciones de trabajadores en empleo informal, que participan en discusiones con el Grupo de los Trabajadores (cuando la presidencia lo permite).

Victoria #2: Trabajadores y trabajadoras del hogar

En 2011, la OIT adoptó el Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos (C189) y la Recomendación que lo acompaña (R201), que extiende derechos como la baja remunerada, salarios mínimos y contratos de trabajo. Esta victoria se logró por medio de una larga e intensa campaña dirigida por la Red Internacional de Trabajadoras del Hogar (RITH), con el apoyo de UITA y otros aliados. WIEGO, en colaboración con UITA, fue instrumental para la formación de la RITH, que representaba a las trabajadores del hogar en la CIT y que en 2013 se convirtió en una federación internacional de pleno derecho (FITH). Conozca más sobre la Campaña para el C189.

Victoria #3: Transición de la economía informal a la economía formal

Cuatro años más tarde, en 2015, la CIT adoptó la Recomendación relativa a la Transición de la economía informal a la economía formal (R204), que reconoce diferentes categorías de trabajadores en la economía informal. La Recomendación proporciona directrices para incluir protecciones como la salud y seguridad ocupacional y protección social para todos los trabajadores, incluyendo a trabajadores por cuenta propia, trabajadores autoempleados, y urge a los Estados miembros de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a que incluyan en el diálogo social a las OBM de trabajadores en empleo informal.

WIEGO facilitó la participación de 32 trabajadores en empleo informal en las sesiones de la CIT en el momento que se discutía y se adoptaba la R204. (conozca más sobre el rol de WIEGO).

Victoria #4: Trabajadores y trabajadoras a domicilio tercerizados en las cadenas mundiales de suministro

Durante las discusiones previas con la Confederación Sindical Internacional (CSI) y la participación de organizaciones de trabajadores en empleo informal durante la discusión general sobre cadenas mundiales de suministro en la CIT de 2016, la red WIEGO garantizó que los trabajadores tercerizados fueran reconocidos por la CIT como trabajadores legítimos en las cadenas mundiales de suministro. Y a través de los estudios para la Global Labour University (Universidad Internacional del Trabajo), WIEGO contribuyó de forma indirecta a un apartado sobre trabajo tercerizado en la Guía de Debida Diligencia de la OCDE para Cadenas de Suministro Responsables en el Sector Textil y del Calzado. (“Trabajo Decente para los Trabajadores a Domicilio en las Cadenas Mundiales de Suministro: Un análisis de los mecanismos existentes y potenciales para la gobernanza centrado en el trabajador” de próxima publicación).


El proceso de incorporación difiere para convenciones y recomendaciones.

El proceso de incorporación difiere para convenios y recomendaciones. En un convenio, lo primordial es que los legisladores de los Estados miembros lo ratifiquen. La ratificación compromete a los Estados miembros a someterse al sistema de seguimiento de la OIT que monitorea las iniciativas nacionales para implementar convenios. (Un Estado miembro podrá acatar el convenio sin la ratificación, en cuyo caso el Estado no deberá rendir cuentas a la OIT).

Una recomendación constituye una serie de directrices y no está sujeta a una ratificación. Los Estados miembros son por lo tanto libres de elegir cuándo y cómo la implementan. Sin embargo, por lo que respecta al artículo 19 de la Constitución de la OIT, la OIT podrá pedir a los países informar sobre la implementación de convenios y recomendaciones no ratificados por ellos. El próximo sondeo general de la OIT (llevado a cabo de acuerdo con el artículo 19 de su Constitución) será relativo a las normativas generales de empleo. Se les pedirá a los países informar sobre sus progresos en la ratificación de diversos convenios y la implementación de diversas recomendaciones, incluyendo el C177 y la R204.

The Work Continues.

Convertir estos avances en derechos que puedan ser aplicados en el ámbito nacional requiere que los gobiernos:

  • ratifiquen los convenios,
  • incorporen las normas de los estándares internacionales a sus leyes, políticas y prácticas nacionales y
  • que cumplan estas leyes.

Los programas de Derecho y de Organización y Representación de WIEGO juegan un papel importante para “traer a casa las victorias”. Esto se consigue proporcionando formación de capacidades, investigación y apoyo técnico a las OBM para mejorar su capacidad general para incidir y ayudándoles a comprender cómo pueden utilizar los convenios y recomendaciones en sus contextos nacionales.


Trabajadores y trabajadoras del hogar y el Convenio 189: Haciéndolo realidad

Desde la adopción del C189 en 2011, tres Estados africanos miembros de la OIT (Guinea, Mauricio y Sudáfrica) han ratificado el convenio. En África, el trabajo del hogar es uno de los sectores de empleo más grandes para las mujeres. Además constituye un factor determinante en la migración, tanto interna como a países vecinos en África, y en Oriente Medio (particularmente países del golfo) y Europa.

Las representantes de la FITH y sus afiliados han señalado la necesidad de aumentar la capacidad de los afiliados africanos para usar el C189 en sus luchas por sus derechos. Recientemente WIEGO se ha asociado con la FITH para desarrollar un conjunto de herramientas para los trabajadores y trabajadoras del hogar que incluye:

a) Un manual de formación para organizadores sobre el C189, que contiene la siguiente información:

  • “Convenio 189: ¿Qué es?”: el Convenio explicado a los trabajadores.
  • “Lista de control de cumplimiento” para facilitar que los trabajadores del hogar puedan determinar si las leyes y políticas de sus países están alineadas con el C189.
  • Un modelo de contrato de trabajo y un modelo de nómina.

b) Un folleto para los trabajadores que incluye un breve resumen del C189.

En noviembre se distribuirá un manual revisado en el congreso de la FITH en Ciudad del Cabo.

WIEGO y la FITH convocaron un taller en Nairobi, Kenia en junio de 2018. El taller “Los y las trabajadoras del hogar y el Convenio 189: Haciéndolo realidad” trataba de aumentar la capacidad de los afiliados africanos de FITH para incidir y educar a los trabajadores. El taller, celebrado por el Sindicato de Trabajadoras del Hogar, de Hoteles, de Instituciones Educativas, de Hospitales y Afines de Kenia (KUDHEIHA), coincidió con el Día Internacional de los Trabajadores y Trabajadoras del Hogar (16 de junio).

El taller reunió a 28 organizadores y educadores de 21 organizaciones afiliadas a la FITH de Benín, Burkina Faso, Ghana, Guinea, Costa de Marfil, Kenia, Liberia, Malawi, Mali, Mozambique, Namibia, Níger, Nigeria, Senegal, Sudáfrica, Tanzania, Togo, Uganda, Zambia, Zanzíbar y Zimbabue.

WIEGO_Newsletter_Cover
Participantes del taller simulan una negociación entre una trabajadora del hogar y su empleadora durante un taller en Nairobi.

 El taller fue una oportunidad para refutar la creencia de que el C189 trata un tema alejado de la realidad diaria de los trabajadores y de las luchas sindicales. Demostramos que el C189 aborda la mayoría de los desafíos que experimentan las personas empleadas del hogar. Nuestro objetivo era apoyar a los sindicatos para comprender mejor cómo la ratificación e implementación del C189 y sus disposiciones pueden mejorar las vidas de los y las trabajadoras del hogar. También explicamos que los trabajadores del hogar pueden tener un papel importante en la implementación del C189 negociando directamente con sus empleadores para obtener los derechos incluidos en el convenio, como en los contratos de trabajo por escrito.

WIEGO_Newsletter_Cover

Recomendación 204 de la OIT sobre la transición de la economía informal a la economía formal.

Junto al Programa de Organización y Representación, el Programa de Derecho ha estado apoyando a las OBM de trabajadores en empleo informal en Malaui y Sudáfrica para implementar la R204.

R204 en Malaui

WIEGO decidió apoyar la implementación de la R204 en Malaui porque es uno de los pocos países que ha permitido a los trabajadores en empleo informal registrarse en sindicatos. El Sindicato del Sector Informal de Malaui (MUFIS, por su sigla en inglés) dispone de un puesto como representante de los trabajadores en la institución para el diálogo social nacional, el Consejo consultivo tripartito del trabajo. La colaboración del equipo de WIEGO con MUFIS se ha centrado en los vendedores ambulantes, que conforman la mayoría de los miembros de MUFIS.

El principal objetivo de la alianza entre WIEGO y MUFIS es fortalecer la capacidad de los líderes de MUFIS para participar en negociaciones colectivas con las autoridades. Esto les permitirá articular sus demandas a los gobiernos nacionales y locales para implementar la R204 abordando temas como el cuidado infantil, salud y seguridad ocupacional y protección social de los trabajadores en empleo informal. WIEGO también esta apoyando la campaña de MUFIS para demandar instalaciones de cuidado infantil de calidad que permanezcan abiertas durante los horarios laborales de los vendedores.

WIEGO encargó un análisis presupuestario de la economía informal (IEBA, por su sigla en inglés) en Lilongüe. Los IEBA analizan los presupuestos nacionales y locales, así como el marco de trabajo institucional de los gobiernos locales y los procesos presupuestarios. Vamos a integrar estos resultados en un taller sobre negociación colectiva para aportar importantes contenidos a la estrategia de negociación de MUFIS, permitiendo a MUFIS abordar las etapas en las que pueden participar dentro de los procesos presupuestarios e identificar a los actores a los que influenciar para garantizar los fondos adecuados.

El Convenio de la OIT sobre el trabajo a domicilio (C177)

UNITY (TUSIW “Edinstvo”), el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Autoempleados y en Empleo Informal de Bulgaria, esta utilizando los mecanismos de seguimiento de la OIT como parte de una estrategia para exigirle cuentas a su gobierno.

Bulgaria es uno de los 10 países que ha ratificado el Convenio 177 de la OIT sobre Trabajo a Domicilio (C177). Después de su ratificación, el país debe informar a la OIT de la implementación de dicho Convenio antes de los dos primeros años y posteriormente cada cinco años. Bulgaria tuvo que presentar un informe sobre la implementación del C177 antes del 1 de septiembre.

Desde la ratificación, el gobierno búlgaro ha modificado el Código del Trabajo para que los trabajadores a domicilio tercerizados sean tratados en igualdad de condiciones que otros empleados, conforme al C177. Pero según UNITY, el Ministerio de Trabajo y Política Social no está haciendo cumplir la legislación al afirmar que si los trabajadores a domicilio no poseen contratos de trabajo por escrito, no tienen derecho a las disposiciones del capítulo VIII para trabajadores a domicilio. En 2014 UNITY mandó una carta a la Comisión de Expertos sobre la Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT (CEACR). La CEACR urgió al gobierno a responder a dichos cargos (en inglés).

Los sindicatos y organizaciones de empleadores más representativos podrán referirse al informe de su gobierno; también podrán presentar sus propios informes sobre la implementación, la ley y la práctica del convenio correspondiente. Debido a que UNITY está registrado como sindicato, puede presentar su propio informe a la OIT.

Después de reuniones con sindicatos y otros aliados, y entrevistas con trabajadores a domicilio tercerizados, Karin Pape de WIEGO (directora adjunta del Programa de Organización y Representación) y Marlese von Broembsen (directora del Programa de Derecho) realizaron en agosto un taller con UNITY para trabajadores a domicilio tercerizados en Petrich, Bulgaria. Durante el taller, los trabajadores participaron en la elaboración del informe y formularon sus demandas sobre la implementación de la ley.

WIEGO_Newsletter_Cover
Participantes durante el taller sobre implementación en Petrich

El Programa de Derecho de WIEGO ha ayudado a UNITY a escribir su propio informe para entregar a la OIT. La CEACR también pidió que el gobierno presentara un estudio oficial sobre las condiciones de trabajo de los trabajadores a domicilio tercerizados. Puesto que no existen estudios oficiales, WIEGO llevó a cabo un estudio etnográfico, entrevistando a 30 trabajadores y organizando dos grupos focales ‒uno con un grupo de trabajadores a domicilio que fabrican zapatos para firmas italianas, y el otro un grupo de trabajadores a domicilio que empaquetan calcetines para firmas griegas. Este documento de investigación fue también presentado a la OIT. La Comisión de Expertos todavía no se ha reunido.
 
Conozca más sobre la exitosa campaña para la ratificación del C177 de la Asociación búlgara de Trabajadores y Trabajadoras del Hogar (ahora UNITY): Challenges and Experiences of Organizing Home-Based Workers in Bulgaria (Desafíos y experiencias en la organización de los trabajadores a domicilio en Bulgaria).


Noticias recientes y próximas actividades del Programa de Derecho


Noticias recientes

“Modelo de ley” en Ciudad de México: El derecho a trabajar en la Constitución de Ciudad de México

La Constitución de Ciudad de México consagra el derecho al trabajo. Esta establece que se debe redactar la legislación pertinente para hacer realidad el derecho al trabajo. Hemos encomendado a una consultora realizar un breve estudio que analizará el derecho al trabajo y desarrollará un “modelo” de ley basado en este. Los trabajadores en empleo informal utilizarán este breve estudio en su trabajo de incidencia.

Foro Político de Alto Nivel de Naciones Unidas (HLPF, por su sigla en inglés) sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Este Foro tuvo lugar en la sede de Naciones Unidas en Nueva York en julio de 2018. Tania Espinosa, coordinadora para América Latina, representó a WIEGO como parte de la Plataforma Global por el Derecho a la Ciudad (GPR2C).

Durante el HLPF, el gobierno de México habló sobre el derecho a la ciudad en la legislación de Ciudad de México. El derecho a la ciudad fue también discutido durante los eventos paralelos organizados por el GPR2C. Las discusiones en los eventos paralelos se centraron en no dejar a nadie atrás, y en la interrelación entre los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Nueva Agenda Urbana.

Segunda Conferencia de la Sociedad Africana de Derecho Laboral.

Esta conferencia se celebró en Ciudad del Cabo, Sudáfrica en septiembre de 2018. Pamhidzai Bamu-Chipunza presentó un documento de investigación sobre la Recomendación 204, sus implicaciones en el derecho laboral y sobre los esfuerzos para implementarla en África.

Próximamente

Taller de FES en África sobre protección social basada en los derechos

El Programa de Derecho se ha unido al Programa de Protección Social y POR para convocar un taller que reúna a sindicatos (ITUC-África afiliados) y OBM de trabajadores en empleo informal de seis países africanos. El taller tendrá lugar de octubre en Lusaka, Zambia. El objetivo del taller es desarrollar planes de acción para colaborar en temas en torno a la protección social.

Taller de Derecho Administrativo: Ghana

El Programa de Derecho está colaborando con el equipo de Ciudad Focal Accra para fomentar la capacidad de los vendedores ambulantes y los recicladores para utilizar el derecho administrativo en Ghana. El taller agrupará a vendedores ambulantes y recicladores y les pondrá en contacto con centros de asistencia jurídica que puedan atenderlos.

Taller de Derecho Administrativo: México

El Programa de Derecho, equipo de Ciudad Focal de Ciudad de México y el Programa de Organización y Representación están trabajando con cuatro categorías de trabajadores en Ciudad de México: ayateros (compradores/vendedores de productos usados, similar a vendedores en rastros), tianguistas (vendedores en mercados tradicionales al aire libre –tianguis– que venden diferentes productos), vendedores ambulantes, y aseadores de calzado. El equipo está implementando el proyecto de derecho administrativo en tres partes: encargando a investigadores la redacción de una nota informativa sobre derecho administrativo, produciendo materiales educativos para los trabajadores, y realizando un taller. El taller tendrá lugar en enero de 2019 y su objetivo será el fomento de la capacidad de los trabajadores para utilizar el derecho administrativo.


Publicaciones e investigaciones recientes

Blogs y documentos de consulta de WIEGO

Publicaciones Académicas

  • Bamu-Chipunza, P. “Extending occupational health and safety law to informal workers: the case of street vendors in South Africa” en la publicación del Centro de Derechos Humanos de Oxford, próximamente.
  • Bamu-Chipunza, P. 2018. “A pluralistic approach to organizing migrant domestic workers: The case of the Zimbabwe-South Africa global care chain,” International Journal of Comparative Labour Law and Industrial Relations, Vol. 34, Issue 3, pp. 313-344.
  • Von Broembsen, M. 2018. “Constitutionalizing Labour Rights: Informal Homeworkers in Global Value Chains” International Journal of Comparative Labour Law and Industrial Relations, Vol. 34, Issue 3, pp. 257–280.

Presentaciones y actas de la conferencia

  • Von Broembsen, M. Conferencia sobre la Economía Informal, Facultad de Educación, Universidad de Ciudad del Cabo (18 de mayo).
  • Von Broembsen, M. “Recomendación 204 de la OIT y Sudáfrica: Una Perspectiva de Reforma Legal”. Evento público de la Open Society, Londres (6 de mayo de 2018).
  • Von Broembsen, M. “Formalizando la Economía Informal: Malaui y OIT 204”. Diálogo OSF/WIEGO, Londres (6 de mayo de 2018).
  • Von Broembsen, M. and Harvey, J. Presentación del artículo “Realising Rights for Homeworkers in Global Value Chains” [Logrando derechos para los trabajadores a domicilio en las cadenas de valor mundiales] durante la conferencia “Perspectivas a largo plazo sobre el trabajo a domicilio” en los Archivos del Movimiento Laborista, 23-24 mayo [convocado por los Archivos del Movimiento Laborista, WIEGO y el Centro de Mujeres para el Desarrollo, Delhi).

Language